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Tipos de controles

Un control de dopaje es la recogida de muestras de sangre o de orina a un deportista, para su análisis en un laboratorio acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje, con el objeto de detectar la utilización de sustancias o métodos prohibidos.

Los controles de dopaje están reglamentados normativamente, para que su realización se lleve a cabo con las garantías necesarias y suficientes, tanto para la organización responsable del control, como para el deportista controlado.

En España, un deportista con licencia federativa puede ser requerido para pasar un control de dopaje sólo por un organismo que oficialmente sea competente para ello:

  • El Consejo Superior de Deportes
  • La Comisión Nacional Antidopaje
  • La federación deportiva española correspondiente
  • En su caso, la liga profesional concerniente

Existen distintos tipos de control de dopaje.

Controles en competición

Los Organismos Antidopaje (OAD) son los que coordinan los controles en competición, para facilitar que sea un único organismo el que controle cada evento.

El criterio de selección de los deportistas se determina conforme a los reglamentos de la Federación Internacional (FI) correspondiente o del organismo que regula ese deporte. En España, en las competiciones de ámbito estatal, el criterio marco está determinado mediante lo indicado en la correspondiente Orden ministerial. Por lo general, el Organismo Nacional Antidopaje (ONAD) del país en donde tiene lugar el evento toma las muestras, a menos que la FI o el organizador del evento tengan un programa de control de dopaje apropiado.

Se notifica a los deportistas que han sido seleccionados para un control inmediatamente después de la competición y la toma de muestras se efectúa conforme a la norma internacional. En España, en las competiciones de ámbito estatal, la toma de muestras está regulada por la correspondiente Orden ministerial. Dichas muestras se analizan posteriormente para detectar en su caso las sustancias o los métodos prohibidos en competición, sus metabolitos o sus precursores.

Controles fuera de competición

Los controles fuera de competición o cualquier control que se haga al margen del evento deportivo son la prioridad de los OAD. Los controles fuera de competición aseguran que pueda controlarse a todos los deportistas en cualquier momento.

Las muestras se analizan para detectar en su caso la presencia de sustancias y métodos prohibidos fuera de competición, sus metabolitos o sus precursores.

Inspección y control de los botiquines

Entre las reformas legislativas incluidas en el Plan de lucha contra el dopaje en el deporte se incluye también la regulación de un tercer tipo de control de dopaje, relacionado con la inspección y el control de los botiquines.

En concreto, el Plan prevé regular la obligación de declarar y la posibilidad de inspeccionar el contenido de los botiquines utilizados por médicos y personal sanitario acompañante de los deportistas antes, durante y después de las competiciones.

Asimismo, se establecerá la prohibición de usar en España productos sin reconocimiento comunitario o que no estén registrados en nuestro país, la obligación de exhibir los documentos justificativos de la utilización terapéutica de fármacos que contienen sustancias prohibidas y la posibilidad de decomiso de los botiquines en caso de no aportar la documentación requerida o no estar en condiciones de justificar su procedencia.

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